Esta normativa aparece justo después de un paro con acatamiento de casi del 100% y en respuesta a la medida, sabemos que no se aplica en toda la administración pública (distintas reparticiones) y es la primera vez que deciden aplicarla al colectivo docente con una clara intención de disciplinarnos.
La ley 3056/2018 desconoce la salud laboral, al plantear que las licencias por enfermedad o accidentes de trabajo no generen derecho a la licencia anual. Esta definición implica penalizar a quien se enferma o padece un accidente, y rompe con principios básicos de protección del trabajo docente.
Desde UTELPa afirmamos con claridad:
El derecho al descanso es una garantía constitucional.
La salud de las y los trabajadores no puede ser moneda de ajuste.
Las licencias médicas y las enfermedades profesionales son derechos protegidos, no privilegios que puedan recortarse.
No vamos a permitir políticas que desvaloricen o castiguen el trabajo docente.
Continuaremos informando al colectivo docente frente a cualquier intento de avanzar sobre nuestras conquistas laborales.
Porque la educación pública se sostiene con trabajo digno, con salud garantizada y con respeto a los derechos de quienes todos los días estamos en las escuelas.

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