El máximo tribunal deberá fallar en un reclamo al estado salteño
por neutralidad religiosa en las escuelas públicas, en una causa iniciada por
la ADC y un grupo de padres. La enseñanza religiosa que se imparte en las
escuelas de Salta restringe el derecho de las madres y de los padres a educar a
sus hijos según sus convicciones, lo cual es incompatible con el deber del
Estado de respetar la neutralidad en el ejercicio de la función pública, en
particular en el ámbito de la educación.
La Corte de Justicia de Salta, por mayoría, resolvió conceder el
recurso extraordinario federal interpuesto por la ADC y un grupo de madres para
que se garantice la neutralidad del Estado en materia religiosa y, en
consecuencia, se declare la inconstitucionalidad de la Ley de Educación local
que establece impartir educación religiosa dentro del horario de clase en las
escuelas públicas de Salta. La acción persigue también que se declare la
inconstitucionalidad e ilegalidad de las actividades de los funcionarios
escolares, que al aplicar esta norma, imponen la enseñanza obligatoria de
religión católica en las escuelas públicas de la provincia, vulnerando los
derechos constitucionales de libertad de culto, religión y creencias, derecho a
la igualdad, a la educación libre de discriminación, a la intimidad y principio
de reserva libertad de conciencia, y respeto a las minorías étnicas y
religiosas.
La acción judicial fue iniciada en el año 2010 basados en que la
enseñanza religiosa que se imparte en las escuelas de Salta restringe el
derecho de las madres y de los padres a educar a sus hijos e hijas según sus
convicciones y que esta situación es incompatible con el deber del Estado de
respetar la neutralidad en el ejercicio de la función pública, en particular en
el ámbito de la educación.
Al conceder este recurso extraordinario federal, será la Corte
Suprema de Justicia de la Nación la que deberá resolver de manera definitiva
esta causa, la que será elevada a este tribunal en los próximos días.
Los jueces de la Corte Suprema de Salta, Cornejo y Díaz y las
juezas Carlsen y Kauffman de Martinelli, se pronunciaron a favor de que la
causa sea elevada a la Corte Suprema de Justicia de la Nación a fin de que el
máximo tribunal analice la constitucionalidad de las normas provinciales que
permiten la educación religiosa dentro del horario escolar en las escuelas
públicas de Salta. Por su parte, los jueces Posadas, Vittar y Catalano
rechazaron el recurso extraordinario considerando que no logra conmover los
fundamentos de la sentencia impugnada que es “la solución que mejor contempla
los derechos en juego”. La ADC celebra esta decisión en tanto habilita una oportunidad
histórica para que el máximo tribunal del país se pronuncie sobre el derecho a
la libertad de conciencia en el ámbito educativo y el deber del estado de
garantizar una educación laica e igualitaria a todos los niños y niñas que
asisten a la escuela pública.
No hay comentarios:
Publicar un comentario