En primer lugar, hay que subrayar que la mencionada Ley Nº26061, como la Ley Nº26206 de Educación Nacional, son claras y precisas en relación a la protección y derechos de niñas, niños y adolescentes; y fueron debatidas y sancionadas con un amplio y plural espectro de parlamentarios, a diferencia del Decreto en cuestión, de exclusiva factura del PEN.
Resulta particularmente llamativo, dado las formas y el léxico que habitualmente utiliza el Sr. Presidente y sus funcionarios. Las calificaciones denostativas, exabruptos y gestualidad, rayana en la obscenidad con la cual se refieren a quienes piensan distinto, genera preocupación; y en particular en referencia al tema en cuestión; atento lo cual se puede inferir que subyacen otras razones, más allá de las expuestas para adoptar la medida.
Leer el comunicado completo de la Confederación de los Trabajadores de la Educación de la República Argentina (Ctera) aquí.
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