Se trata del quinto fallo consecutivo con que la Justicia da la razón a las organizaciones sociales que venimos planteando nuestras preocupaciones y advertencias frente a un modelo productivo irrespetuoso de la salud y los derechos ambientales de toda la población.
El juez Virgilio Galanti declaró la nulidad por inconstitucionalidad e ilegalidad del Decreto provincial 2239 con que el poder Ejecutivo redujo sustancialmente las distancias de zonas de exclusión y restricción al momento de arrojar agrotóxicos –sea vía aérea o terrestres -en cercanías de escuelas rurales.
Como impulsores del amparo colectivo que promovimos en resguardo de las comunidades educativas, entendemos que este nuevo fallo es un triunfo en la disputa que venimos dando. Es momento ahora de avanzar en una discusión pública respecto del modelo productivo que nuestra provincia y nuestro país están dispuestos a sostener, en vez de dilatar la implementación de políticas en este sentido con apelaciones y nuevas instancias judiciales.
En el nuevo fallo conocido Galanti establece que las distancias de fumigación se redujeron “sin la previa realización de los estudios” que permitan fijar pautas para el uso racional de agroquímicos. Y consideró que los artículos 2, 3 y 4 del decreto deben ser declarados inconstitucionales e ilegales. Se trata justamente de aquellos que fijan las zonas de exclusión y de restricción para la realización de fumigaciones.
Una vez más, hemos ganado una batalla, aportando a un debate público impostergable que se está dando en todo el país. En ese debate, la lucha que llevamos adelante en Entre Ríos contra un modelo que envenena se ha convertido en modelo y referencia, sentando jurisprudencia que hoy se cita en los tribunales de todo el país, especialmente donde se sufren los efectos dañinos de este modelo de producción.
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